Línea de Acción – Medidas sobre el Comportamiento Humano

Nombre – Política de Seguridad Vial Jardín Infantil Kid´s Park

Descripción

La Dirección como líder en el proceso de creación e implementación del Plan estratégico de Seguridad Vial considera que es de vital importancia que las actividades se desarrollen de forma segura con el fin de prevenir accidentes viales que traigan consecuencias negativas para la integridad de las personas, los equipos y el medio ambiente.

Marco Legal

  • Código Nacional de Tránsito Terrestre Ley 769/2002
  • Obedecer las leyes y regulaciones nacionales y locales emanadas por el Ministerio de Transporte, tales como la ley 1503 de 2011, decreto 2851 de 2013 y la resolución 1565 de 2014, entre otras.
  • Reglamento interno de la entidad
  • SG-SST
  • Normatividad Legal Vigente aplicable y relacionada con este tema

Compromiso

Se implementarán capacitaciones que lleven a la concientización de todos los colaboradores de la institución y de la empresa prestadora de servicio de transporte escolar, en los riesgos viales como la prevención de accidentes de tránsito, el respeto por las señales de tránsito que permitan conductas proactivas frente a la conducción de vehículos y el desplazamiento peatonal

Reglas Generales

Se integrará al Currículo y en especial al Plan de Estudios, el Proyecto de Seguridad Vial para niños y niñas en edad Pre-escolar

Se adoptarán medidas que aseguren que a todos los buses que están al servicio de los niños y niñas de la institución, se les realice el mantenimiento preventivo

Establecer estrategias de concientización al personal que conduzca vehículos, a través de capacitaciones orientadas a la prevención de accidentes de tránsito, que permitan la adopción de conductas proactivas frente al manejo defensivo.

El desarrollo de programas de inspecciones pre operacionales y mantenimiento oportuno a vehículos, estableciendo las medidas de control para evitar la ocurrencia de accidentes que puedan generar daños al individuo o a terceros.

Concientizar a los trabajadores, de su responsabilidad en la aplicación de las disposiciones establecidas y divulgadas por la empresa.

Informar a los trabajadores que utilicen sus vehículos personales para el desarrollo de su actividad laboral, entendiendo que se trata de un hecho voluntario del trabajador, que deberán informar al responsable del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo para que se incluya dentro de la población objeto del plan estratégico de seguridad vial.

Establecer las acciones correctivas y preventivas que sean necesarias para la mejora continua en la implementación de las medidas que buscan evitar la ocurrencia de accidentes de tránsito.

1. Garantizar la disponibilidad de la política de manera documental para todos los trabajadores de la empresa y demás interesados.

2. Comunicar la política al personal de la institución.

3.Garantizar la mejora continua de nuestra política

Así mismo, en desarrollo de los anteriores compromisos, la Institución, prohíbe para el personal que conduzca un vehículo propiedad de esta o propio mientras realice actividades relacionadas con la labor, las siguientes conductas:

· Estar bajo la influencia de alcohol o sustancias alucinógenas o que alteren su comportamiento.

· Obedecer a medios de distracción como el celular; por seguridad de las personas solo se permite el uso de dispositivos “manos libres” durante actividades de conducción.

· Conducir su vehículo sin portar su cinturón de seguridad ni obedecer a buen comportamiento antes, durante y después del recorrido.

· El uso de vehículos que no estén con los documentos y revisiones en regla, incluso los vehículos personales, cuando se pretenda ejecutar una actividad relacionada con el trabajo.